1 mar 2011

SEGURIDAD SOCIAL

a) Seguro social:
Desde el primer día de ingreso a la empresa, se te registra en el Seguro Social, este registro se hace por medio de enlace electrónico con el IMSS, por lo que no se manejan hojas Rosas. Tendrás que pedir una carta patronal (la cual se elabora en el Depto. De Recursos Humanos), para que te puedas dar de alta en la clínica más cercana a tu domicilio, esto es para que tengas derecho a atención médica.
Es importante cuando faltes por enfermedad avisar a tu Subgerente en Turno para que este informado de tu enfermedad y no se te de baja. Para que no ocurra esto el médico general de tu clínica te expide una incapacidad (original y copia) la cuál tendrás que mandar a la empresa o a las oficinas de Recursos Humanos, dejar la original y quedarte con la copia para que puedas cobrarla en el banco a partir del cuarto día de expedida. Solo se pueden cobrar las incapacidades expedidas de 4 días en adelante.
Servicios a los que tienes derecho al estar registrado en el seguro social:
- Guarderías
- Prestaciones en dinero
- Servicio Médico
- Ayuda para gastos de Matrimonio
- Prestaciones en caso de fallecimiento
b) Trabajar con seguridad:
También existen situaciones de peligro las cuales son:
- Estado de Gravidez (embarazo)
- Enfermedades contagiosas, o alergias
Para evitar accidentes debes de aprender a usar:
-Máquina industrial para costura.
c) Botiquín:
En caso de algún accidente dentro de la empresa avisar de inmediato a tu Jefe Inmediato. Deberás conocer las salidas de emergencia de la empresa.

No hay comentarios:

Publicar un comentario